Política Anticorrupción y de Prevención del Soborno
Declaración de Principios y Objetivo
En KOM Agencia Digital (razón social Otorongo Negro E.I.R.L., en adelante «La Agencia»), operamos bajo el principio inquebrantable de hacer negocios con integridad, ética y transparencia.
El objetivo de la presente política es establecer un marco de actuación estricto para prevenir, detectar, mitigar y sancionar cualquier acto de corrupción, soborno, lavado de activos o financiamiento del terrorismo en el desarrollo de nuestras operaciones de diseño web, marketing y consultoría tecnológica.
Marco Legal Normativo
Esta política se fundamenta en la legislación peruana vigente y en los estándares internacionales de Compliance, dando cumplimiento específico a:
- Ley N° 30424 y sus modificatorias (D.L. 1352, Ley N° 30835 y Ley N° 31740), que regulan la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por delitos de cohecho (soborno), lavado de activos, financiamiento del terrorismo, colusión y tráfico de influencias.
- Estándares y principios del Sistema de Gestión Antisoborno (basados en la norma ISO 37001).
Alcance y Obligatoriedad
La presente política es de cumplimiento estricto y obligatorio para:
- El Gerente Titular y cualquier cargo directivo de Otorongo Negro E.I.R.L.
- Todos los colaboradores, desarrolladores, diseñadores y personal administrativo (independientemente de su modalidad de contratación).
- Proveedores, contratistas, consultores externos y cualquier tercero que actúe en nombre, representación o beneficio de KOM Agencia Digital.
Política de «Tolerancia Cero» al Soborno
KOM Agencia Digital prohíbe terminante y categóricamente el soborno en todas sus formas. Ningún directivo, colaborador o tercero que actúe en nuestro nombre podrá, directa o indirectamente:
- Ofrecer, prometer, entregar, autorizar o solicitar dinero, favores, regalos de valor o cualquier otra ventaja indebida a un funcionario público o a un privado con el fin de obtener o retener un negocio, asegurar una ventaja comercial injusta o influir en una decisión objetiva.
- Aceptar, recibir o solicitar pagos, regalos o favores de proveedores o terceros a cambio de otorgarles contratos o condiciones preferenciales dentro de La Agencia.
Interacción con Funcionarios Públicos (Estado y OSCE)
Toda interacción comercial, técnica o administrativa con entidades del Estado, municipalidades, ministerios o funcionarios públicos debe llevarse a cabo con la máxima transparencia. Está estrictamente prohibido realizar pagos de facilitación (pagos menores para agilizar trámites burocráticos de rutina) o incurrir en prácticas de colusión (acuerdos ilícitos para ganar licitaciones).
Regalos, Atenciones y Hospitalidad
Reconocemos que el intercambio de regalos institucionales menores es parte de las relaciones comerciales habituales. Sin embargo, en KOM Agencia Digital, la entrega o recepción de regalos, comidas o atenciones está sujeta a las siguientes reglas ineludibles:
- Deben ser de valor simbólico o promocional (por ejemplo, artículos de merchandising con el logo de la empresa).
- Nunca deben entregarse en efectivo o equivalentes (tarjetas de regalo, vales al portador).
- No deben ofrecerse ni aceptarse si su propósito es, o puede ser percibido como, un intento de influir en una decisión comercial, la firma de un contrato o la aprobación de un proyecto.
- Está terminantemente prohibido ofrecer cualquier tipo de regalo, comida o viaje a funcionarios públicos.
Debida Diligencia con Terceros (Proveedores y Socios)
La Agencia no realizará negocios con terceros que tengan un historial comprobado de prácticas corruptas. Antes de iniciar relaciones comerciales significativas con nuevos proveedores de infraestructura tecnológica o socios estratégicos, KOM realizará un proceso de «Debida Diligencia» (Due Diligence) razonable para verificar su idoneidad legal y comercial. Exigimos a todos nuestros proveedores que se adhieran a principios éticos equivalentes a los descritos en esta política.
Registros Contables y Transparencia Financiera
KOM Agencia Digital se compromete a mantener libros, registros contables y cuentas exactas, detalladas y transparentes que reflejen fielmente todas las transacciones financieras, pagos y gastos de la empresa. Queda estrictamente prohibida la creación de cuentas «no oficiales», la alteración de facturas o el uso de fondos de la empresa para propósitos no declarados.
Canal de Denuncias y Protección al Denunciante
La prevención de la corrupción es responsabilidad de todos. Instamos a cualquier empleado, cliente, proveedor o tercero que tenga conocimiento o sospecha razonable de una violación a esta Política, o a la Ley N° 30424, a reportarlo de manera inmediata.
- Canal Oficial de Denuncias: Las denuncias deben enviarse al correo electrónico legal@kom.pe.
- Protección y No Represalias: KOM Agencia Digital garantiza la confidencialidad absoluta del denunciante (permitiendo denuncias anónimas) y asegura que no se tomará ninguna medida de represalia, sanción, despido o intimidación contra quienes reporten una sospecha de buena fe.
Sanciones por Incumplimiento
El incumplimiento de la presente Política Anticorrupción es considerado una falta gravísima. Cualquier colaborador que viole estas disposiciones estará sujeto a medidas disciplinarias inmediatas, que pueden incluir la terminación del contrato laboral o de prestación de servicios por causa justa, sin perjuicio de las acciones legales (civiles y penales) que Otorongo Negro E.I.R.L. deba interponer y la obligación de reportar el hecho a las autoridades competentes.
Última actualización: 01 de enereo de 2026.