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Registro de bancos de datos personales ante la ANPD: quién debe hacerlo y cómo

Dueño de clínica dental y su asistente revisan en la computadora los archivos de pacientes para el registro de banco de datos personales (registro banco de datos personales)

Toda persona natural o empresa que tenga un banco de datos personales en el Perú (una base de clientes, la planilla de trabajadores, los contactos que llegan por el formulario de tu web o las grabaciones de tus cámaras) debe inscribirlo en el Registro Nacional de Protección de Datos Personales, que administra la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales (ANPD) del Ministerio de Justicia. El trámite es virtual, gratuito y de aprobación automática, y se hace por la plataforma del Sistema Integrado de Protección de Datos Personales (SIPDP).

La obligación viene de la Ley 29733 y sigue vigente con el nuevo reglamento, el D.S. 016-2024-JUS. Que sea gratis no significa que sea opcional: no inscribir o no actualizar un banco de datos es una infracción que la ANPD puede multar. En esta guía te explicamos qué cuenta como banco de datos, quién debe inscribirlo, cómo se hace paso a paso y qué errores evitar, con especial atención a los datos que recoge tu página web.

Actualizado: octubre de 2026

Lo esencial

  • Si guardas datos de personas identificables de forma organizada, tienes un banco de datos personales, aunque sea un Excel.
  • El titular del banco (tu empresa o tú como persona natural con negocio) debe inscribirlo ante la ANPD.
  • La inscripción es gratuita, virtual y de aprobación automática, sujeta a fiscalización posterior.
  • Se inscribe cada banco por separado: clientes, trabajadores, proveedores, videovigilancia, etc.
  • Debes mantener la inscripción actualizada y cancelarla cuando el banco deje de existir.
  • La inscripción no reemplaza las demás obligaciones: consentimiento, política de privacidad, seguridad y atención de derechos ARCO.

Qué es un banco de datos personales

La Ley 29733 define el banco de datos personales como un conjunto organizado de datos personales, automatizado o no, sin importar cómo se haya creado, almacenado o tratado. En términos prácticos, si tienes información de personas que puedes buscar, filtrar o consultar de forma ordenada, tienes un banco de datos.

Un dato personal es cualquier información que identifica o hace identificable a una persona natural: nombre, DNI, teléfono, correo, dirección, foto, voz, número de placa o incluso una combinación de datos que permita saber quién es. Los datos de empresas (razón social, RUC de una persona jurídica) no son datos personales, pero los datos del contacto de esa empresa sí lo son.

Algunos ejemplos de bancos de datos que suelen tener las MYPEs peruanas:

  • Base de clientes en Excel, en un CRM o en el sistema de facturación.
  • Contactos que llegan por el formulario de contacto o de cotización de la web.
  • Pedidos y datos de compradores de una tienda WooCommerce.
  • Planilla y legajos de trabajadores.
  • Currículums de postulantes.
  • Proveedores que son personas naturales (por ejemplo, profesionales que emiten recibos por honorarios).
  • Grabaciones de cámaras de videovigilancia.
  • Reclamos registrados en el Libro de Reclamaciones.
  • Listas de suscriptores para correo o WhatsApp.

Si quieres repasar el marco general, tenemos una explicación de qué dice la Ley 29733 y cómo te afecta.

Quién está obligado a inscribir sus bancos de datos

Según la información oficial de la ANPD en gob.pe, toda persona natural, entidad privada o entidad pública que sea titular de un banco de datos personales tiene la obligación de inscribirlo en el Registro Nacional de Protección de Datos Personales.

El «titular» es quien decide para qué se usan los datos y cómo se tratan. Si tu empresa decide recoger los datos de sus clientes para venderles y facturarles, tu empresa es la titular, aunque los datos estén guardados en un servidor de otra empresa (Google, Microsoft, tu proveedor de hosting o de CRM). Esos terceros son «encargados del tratamiento», no titulares.

No importa el tamaño. Una bodega con un cuaderno de fiados organizado por cliente, un consultorio con historias clínicas o un estudio contable con la información de sus clientes personas naturales están en el mismo supuesto que una gran empresa. Lo que cambia con el tamaño son otras obligaciones del nuevo reglamento, como los plazos para designar un oficial de datos personales.

Casos que suelen generar dudas

  • Persona natural con negocio: si tiene RUC y una base de clientes, es titular y debe inscribir.
  • Uso estrictamente personal o familiar: la agenda de contactos de tu celular personal no es un banco de datos de un negocio. La ley excluye el tratamiento en el ámbito exclusivamente personal o doméstico.
  • Agencias y proveedores que manejan datos de sus clientes: si solo procesan datos por encargo, no inscriben esos bancos como titulares, pero sí deben inscribir los propios (sus clientes, sus trabajadores).
  • Empresas extranjeras que venden en el Perú: el nuevo reglamento amplió su alcance a quienes ofrecen bienes o servicios en el país, según el análisis publicado por la IAPP.

Qué cambió con el nuevo reglamento D.S. 016-2024-JUS

El Decreto Supremo 016-2024-JUS se publicó el 30 de noviembre de 2024 y está vigente desde fines de marzo de 2025. Reemplazó al reglamento de 2013 (D.S. 003-2013-JUS). Para la inscripción de bancos de datos, la ANPD mantiene la obligación y precisa en gob.pe que el trámite es gratuito y de aprobación automática, sujeto a fiscalización posterior.

Entre los cambios que más afectan a las empresas están la figura del oficial de datos personales, la obligación de gestionar y, en ciertos casos, notificar incidentes de seguridad, y un régimen de multas que, según la Cámara de Comercio de Lima, se gradúa según el tipo de empresa y sus ventas anuales. El detalle de estos cambios está en nuestra guía sobre el nuevo reglamento de protección de datos.

Antes de presentar la inscripción, revisa el texto oficial del reglamento publicado en El Peruano para confirmar plazos y supuestos específicos de tu caso, porque algunos resúmenes que circulan en internet tienen fechas o cifras distintas.

Cómo inscribir un banco de datos paso a paso

El procedimiento, según la ficha oficial de la ANPD, se realiza en línea a través del SIPDP. Estos son los pasos generales:

  1. Haz el inventario de tus bancos. Lista cada conjunto de datos que tienes: clientes, trabajadores, postulantes, videovigilancia, formulario web, etc. Cada uno se inscribe por separado.
  2. Define la finalidad de cada banco. Para qué usas esos datos: facturar, enviar promociones, gestionar planillas, seguridad del local. La finalidad debe coincidir con lo que dices en tu política de privacidad.
  3. Crea tu usuario en el SIPDP. Necesitarás acreditar quién es el representante de la empresa (por ejemplo, con la vigencia de poder) o tus datos si eres persona natural.
  4. Llena el formulario de inscripción de cada banco. Normalmente se piden datos del titular, nombre del banco, finalidad, tipos de datos que contiene, cómo se obtienen, dónde se almacenan, si hay transferencias a terceros o al extranjero y las medidas de seguridad. Verifica los campos en el formulario vigente.
  5. Firma y adjunta el formulario. La plataforma indica el formato en que debes subirlo.
  6. Descarga la constancia. Al terminar, obtendrás la constancia de inscripción y el código del banco de datos. Guárdalos: te los pueden pedir en una fiscalización o en una auditoría de un cliente corporativo.

Para consultas, la ANPD atiende en el correo registropdp@minjus.gob.pe, según su ficha en gob.pe.

Si tus datos se guardan en servicios ubicados fuera del Perú (Google Workspace, Microsoft 365, Mailchimp, un hosting en Estados Unidos), eso implica un flujo transfronterizo de datos. Decláralo de forma coherente en el formulario y en tu política de privacidad.

Tabla: bancos de datos típicos de una MYPE y qué declarar

Banco de datos Datos habituales Finalidad típica Dónde suele estar
Clientes Nombre, DNI, teléfono, correo, dirección, historial de compras Venta, facturación, atención posventa Sistema de facturación, CRM, Excel
Contactos de la web Nombre, correo, teléfono, mensaje Responder consultas y cotizaciones WordPress, correo, CRM
Compradores de tienda online Nombre, DNI, dirección de envío, teléfono, pedidos Procesar pedidos, envíos y comprobantes WooCommerce, pasarela de pago
Trabajadores Datos de identidad, cuenta bancaria, salud ocupacional, familiares Gestión de planillas y obligaciones laborales Sistema de planillas, legajos físicos
Postulantes CV, experiencia, referencias Selección de personal Correo, carpetas compartidas
Videovigilancia Imagen de personas Seguridad del local Grabador local o nube
Libro de Reclamaciones Nombre, DNI, contacto, detalle del reclamo Atender reclamos y quejas Plataforma del libro virtual
Suscriptores Correo, nombre, preferencias Envío de promociones y novedades Herramienta de email marketing

No todos los negocios tendrán todos estos bancos. Lo importante es que el inventario refleje la realidad y que cada banco tenga una finalidad clara.

Tu página web también genera bancos de datos

Muchos dueños de MYPE no relacionan su web con la protección de datos, pero casi toda web comercial recoge datos personales:

  • Formularios de contacto y cotización: cada envío guarda nombre, correo y teléfono, a veces en la base de datos de WordPress y en tu correo.
  • Tienda virtual: WooCommerce guarda datos de clientes y pedidos.
  • Libro de Reclamaciones virtual: almacena datos de quien reclama. Revisamos sus exigencias de seguridad en seguridad y protección de datos en el Libro de Reclamaciones virtual.
  • Suscripción a newsletter o popups que piden correo o WhatsApp.
  • Herramientas de analítica y publicidad que usan identificadores y cookies.

Para cada uno, además de inscribir el banco, necesitas informar al usuario y, cuando corresponda, pedir su consentimiento. Un formulario que pide solo los datos necesarios reduce riesgos y suele convertir mejor; lo analizamos en cuántos campos debe tener un formulario. Y la información al usuario se da en la política de privacidad, como explicamos en política de privacidad y protección de datos en landing pages.

Qué pasa si no inscribes tus bancos de datos

La ANPD fiscaliza y sanciona. En su balance de 2024, publicado por el Ministerio de Justicia, informó multas por más de S/ 13 millones en ese año, la fiscalización de 454 entidades, el inicio de 133 procedimientos sancionadores y la inscripción de 2,701 bancos de datos.

La Ley 29733 clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves, con multas que van desde 0.5 UIT hasta 100 UIT según la gravedad. Con la UIT de 2026 en S/ 5,500, eso significa un rango que va de S/ 2,750 a S/ 550,000. Bajo el régimen anterior, no inscribir un banco de datos se consideraba una infracción leve, según notas de Andina; con el nuevo reglamento, confirma la clasificación vigente y la metodología de cálculo en el texto oficial.

El riesgo más frecuente no suele ser una fiscalización de oficio, sino una denuncia: un cliente o extrabajador que pide acceso a sus datos, no recibe respuesta y acude a la ANPD. En ese procedimiento se revisa todo, incluida la inscripción.

Hay un costo menos visible: cada vez más empresas grandes y entidades públicas piden a sus proveedores evidencia de cumplimiento en protección de datos. La constancia de inscripción es una de las primeras cosas que se solicitan.

Errores comunes al inscribir y mantener el registro

  • Inscribir un solo banco «general». Mezclar clientes, trabajadores y postulantes en un solo registro con una finalidad difusa. Cada banco tiene finalidades y datos distintos.
  • No actualizar. Cambiaste de sistema de facturación a uno en la nube, empezaste a usar un CRM o agregaste videovigilancia, y el registro sigue igual. La ANPD exige mantener la inscripción actualizada; la modificación también es gratuita.
  • No cancelar bancos que ya no existen. Si eliminaste la base de una campaña antigua, corresponde cancelar su inscripción.
  • Contradicciones con la política de privacidad. Si en el registro dices que los datos se usan solo para facturar, pero tu política de privacidad y tus formularios hablan de enviar promociones, hay una inconsistencia.
  • Creer que inscribir es cumplir. La inscripción es una de varias obligaciones. Sin consentimiento válido, medidas de seguridad y un canal para atender solicitudes, sigues expuesto.

Después de inscribir: obligaciones que siguen

La constancia de inscripción es el inicio, no el final. Estas son las obligaciones que conviene tener en orden después:

  1. Consentimiento: obtenerlo de forma libre, previa, expresa, informada e inequívoca cuando el tratamiento lo requiere (por ejemplo, para enviar publicidad).
  2. Información al titular de los datos: una política de privacidad clara y accesible.
  3. Seguridad: medidas técnicas y organizativas proporcionales al tipo de datos. Lo explicamos en obligaciones técnicas de seguridad de datos personales.
  4. Derechos ARCO: un canal para que las personas pidan acceso, rectificación, cancelación u oposición, y plazos para responder.
  5. Contratos con encargados: cláusulas de confidencialidad y seguridad con tu proveedor de hosting, CRM o agencia.
  6. Incidentes: un procedimiento para actuar si hay una filtración o un acceso no autorizado.

Para una visión completa pensada para emprendedores, revisa la guía de protección de datos personales en Perú para emprendedores.

Ejemplo ilustrativo: inventario de una clínica dental pequeña

Este ejemplo es inventado para mostrar cómo se arma un inventario; no corresponde a un caso real.

Una clínica dental con dos consultorios en Arequipa revisa qué datos maneja y encuentra estos bancos:

  • Pacientes: historias clínicas, DNI, teléfono, alergias. Incluye datos sensibles de salud, por lo que requiere medidas de seguridad reforzadas.
  • Citas web: formulario de la web con nombre, teléfono y motivo de la consulta, que llega al correo de recepción.
  • Trabajadores: cinco personas en planilla.
  • Videovigilancia: dos cámaras en la recepción.
  • Libro de Reclamaciones virtual.

Son cinco bancos, cada uno con su inscripción. Al revisar el formulario web, la clínica descubre además que pide la fecha de nacimiento y la dirección, que no necesita para agendar una cita. Los retira: menos datos, menos riesgo y un formulario más corto.

Cómo ayuda una web bien diseñada a cumplir

El registro ante la ANPD es un trámite administrativo, pero buena parte del cumplimiento real se nota en tu web: formularios que piden solo lo necesario, casillas de consentimiento separadas para publicidad, política de privacidad enlazada, HTTPS, accesos con contraseñas seguras y un hosting con respaldo.

En KOM diseñamos webs en WordPress con formularios, políticas y Libro de Reclamaciones integrados desde el inicio, para que lo que declaras ante la ANPD coincida con lo que tu web realmente hace. Puedes revisar los planes en la página de diseño web de KOM. La inscripción ante la ANPD la hace el titular del banco, con apoyo de su asesor legal si lo necesita.

Este contenido es informativo y no reemplaza la asesoría legal o tributaria.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta inscribir un banco de datos personales en el Perú?

Nada. Según la ficha oficial de la ANPD en gob.pe, la inscripción de bancos de datos personales es gratuita y de aprobación automática, sujeta a fiscalización posterior. Tampoco tienen costo la modificación ni la cancelación de un banco inscrito. Si alguien te cobra, será por el servicio de asesoría para preparar el inventario y los formularios, no por el trámite ante la autoridad.

¿Puedo consultar si una empresa tiene inscritos sus bancos de datos?

Sí. El Registro Nacional de Protección de Datos Personales es público y la ANPD permite consultarlo en línea desde gob.pe. Ahí se puede ver qué bancos ha inscrito una entidad y con qué finalidad. Es útil para revisar a tus proveedores, por ejemplo, si vas a contratar a una empresa que manejará datos de tus clientes o trabajadores.

¿Tengo que inscribir de nuevo si cambio de software o de proveedor?

No se hace una inscripción nueva, pero sí una modificación. La ANPD exige mantener la inscripción actualizada, y si cambias el lugar donde se almacenan los datos, la finalidad, los tipos de datos o empiezas a transferirlos a un proveedor en el extranjero, debes reflejarlo en el registro. La modificación es gratuita y también se tramita por la plataforma virtual del SIPDP.

¿Los datos de clientes que son empresas se inscriben?

Los datos de la empresa como persona jurídica (razón social, RUC, dirección fiscal) no son datos personales. Pero si guardas el nombre, correo o celular de la persona que te contacta en esa empresa, esos sí lo son. En la práctica, casi toda base de clientes B2B contiene datos personales de contactos y conviene tratarla como banco de datos personales.

¿Inscribir el banco de datos me libra de pedir consentimiento?

No. La inscripción solo registra que existe el banco y para qué se usa. El consentimiento es otra obligación: cuando lo exige la ley, debes obtenerlo de cada persona antes de tratar sus datos, por ejemplo, para enviarle publicidad. También debes informar el tratamiento en tu política de privacidad, aplicar medidas de seguridad y atender los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

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Christian Otero
Founder & CEO @ KOM Agencia Digital | Pionero en Generative Engine Optimization (GEO) y SEO Técnico Internacional | +24 Años escalando operaciones digitales | Ex-Nextel, Entel, Prosegur | Ingeniero de Sistemas con Postgrado en Marketing Digital y Comercio Exterior.
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