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Aviso del Libro de Reclamaciones Anexo III: obligaciones y multas 2026

Local comercial peruano con Aviso del Libro de Reclamaciones conforme al Anexo III del DS 011-2011-PCM

¿Sabías que no mostrar el aviso del Libro de Reclamaciones puede costarte hasta 50 UIT (S/ 275,000 en 2026)? Muchos emprendedores peruanos instalan un Libro Virtual pensando que con el enlace web basta, pero la normativa exige un cartel físico visible con un formato muy específico: el Anexo III del D.S. 011-2011-PCM. Este es uno de los errores más frecuentes y más fáciles de evitar.

En esta guía te explico qué es el aviso Anexo III, cuál es su contenido obligatorio, dónde colocarlo, cómo debe verse en un negocio con Libro Virtual, y qué versiones adaptadas existen para comercio electrónico, restaurantes, clínicas y otros rubros.

¿Qué es el Anexo III del Reglamento del Libro de Reclamaciones?

El Anexo III es el modelo del aviso que todo proveedor debe colocar en un lugar visible del establecimiento comercial. Está regulado en el artículo 6 del D.S. 011-2011-PCM (Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor) y modificado por el D.S. 006-2014-PCM.

El aviso cumple dos funciones:

  • Informar al consumidor que el establecimiento cuenta con Libro de Reclamaciones.
  • Indicar su derecho de acceso y cómo puede solicitarlo.

Si el aviso falta, es ilegible, está escondido detrás de mobiliario o no cumple las dimensiones mínimas, INDECOPI lo considera una infracción formal autónoma, incluso si el Libro existe y funciona perfectamente.

Contenido obligatorio del aviso Anexo III

El texto base del aviso, en mayúsculas y con el logotipo distintivo, debe decir:

CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR, ESTE ESTABLECIMIENTO CUENTA CON UN LIBRO DE RECLAMACIONES A TU DISPOSICIÓN. SOLICÍTALO PARA REGISTRAR CUALQUIER QUEJA O RECLAMO SOBRE EL PRODUCTO ADQUIRIDO O EL SERVICIO CONTRATADO.

Debe incluir:

  • El texto reglamentario completo sin modificaciones esenciales.
  • Fondo amarillo con letras negras para alto contraste.
  • Tamaño mínimo A4 (21 x 29.7 cm) o proporcional según el establecimiento.
  • Tipografía legible (Arial, Helvetica, similares) tamaño mínimo suficiente para lectura a 1.5 metros.
  • Ubicación visible: cerca de la caja, entrada principal o área de atención al cliente.
  • Si es Libro Virtual, incluir URL o código QR que redirija al formulario online.

Versión para establecimientos con Libro Virtual

Si tu negocio tiene Libro de Reclamaciones Virtual (el modelo que permite el D.S. 006-2014-PCM), el aviso debe incluir además:

  • Dirección web corta: por ejemplo reclamavirtual.com/mi-empresa.
  • Código QR que el consumidor pueda escanear con el celular y abrir directamente el formulario.
  • Un dispositivo (tablet, PC o terminal) al alcance del consumidor si lo solicita. En caso contrario, la empresa debe prestarle su equipo o llenar el formulario en su nombre con autorización expresa.

ReclamaVirtual.com entrega gratis junto al plan contratado: el aviso en PDF descargable, un código QR personalizado y una landing con formulario oficial. Sólo tienes que imprimir y colocar.

Versión para comercio electrónico (ecommerce)

Si tu negocio vende online (tienda Shopify, WooCommerce, Tiendanube, Magento, MercadoLibre, etc.), el aviso Anexo III debe estar publicado en tu propia web, según el art. 6.1 del reglamento modificado. Requisitos:

  • Enlace visible en todas las páginas: pie de página, normalmente junto a Términos y Condiciones.
  • Botón o imagen con la leyenda «Libro de Reclamaciones» claramente identificable.
  • Redirección a la plataforma virtual de reclamos.
  • Opcional pero recomendado: un banner en el checkout recordando el derecho del consumidor.

No vale con publicar el aviso dentro de un PDF oculto o en una sección difícil de localizar. INDECOPI ha sancionado a tiendas online que escondían el enlace en el pie de una página interna.

Casos especiales por sector

Restaurantes y bares

Cada local debe tener su aviso. Si la cadena tiene varios puntos, cada punto es un establecimiento y requiere su cartel. El QR puede llevar al formulario central, pero el cartel físico debe estar en cada sede.

Clínicas y consultorios

Además del Anexo III, las clínicas deben cumplir con la normativa SUSALUD (Resolución 011-2014-SUSALUD/S) que exige mantener un Libro de Reclamaciones específico para servicios de salud. El aviso en recepción debe señalar ambos canales.

Colegios e institutos

El aviso debe estar en la recepción principal y en un lugar accesible para padres de familia. Minedu y INDECOPI han puesto el foco en este sector.

Servicios a domicilio y delivery

Si no tienes local físico pero haces delivery, el aviso debe estar en el empaque entregado al cliente (sticker o folleto) y también en tu web o app.

Servicios bajo concesión (aeropuertos, centros comerciales)

Cada operador —sea retail, restaurante o servicio— mantiene su propio aviso. El administrador del centro comercial no puede cubrir esa obligación por los arrendatarios.

Errores comunes al colocar el aviso

  • Cartel demasiado pequeño o con letras borrosas.
  • Ubicación poco visible: detrás de mostradores, parcialmente cubierto, en baños.
  • Fondo blanco en lugar del amarillo reglamentario.
  • Sin QR ni URL en negocios con Libro Virtual.
  • Texto modificado con redacción propia que omite las palabras exigidas.
  • Solo en una sede cuando la cadena tiene varias.
  • Sin contingencia: si el Libro Virtual cae por internet, no hay respaldo físico.

Multas asociadas al incumplimiento del Anexo III

La falta de aviso es considerada una infracción formal que INDECOPI sanciona como leve o grave dependiendo del historial y la reincidencia. Ejemplos de casos reales:

  • Cadena de cafeterías en Lima: 8 UIT por no exhibir aviso en 3 locales (2023).
  • Tienda online de moda: 5 UIT por no tener el enlace en el footer (2024).
  • Clínica dental en Arequipa: 3 UIT por aviso obsoleto (texto anterior a D.S. 006-2014-PCM).
  • Restaurante en Trujillo: 15 UIT por combinación de faltas: aviso ausente + Libro no exhibido + respuesta tardía.

Con UIT 2026 en S/ 5,500, cada UIT de multa representa más de S/ 5,000 que podrías invertir en equipamiento, marketing o personal. La buena noticia: es gratis cumplir.

Cómo descargar y usar el aviso correctamente

Estos son los pasos concretos:

  1. Descarga la plantilla oficial del Anexo III desde el portal de INDECOPI o desde tu plataforma de Libro Virtual.
  2. Personaliza con tu razón social y RUC si corresponde, sin modificar el texto central.
  3. Imprime en tamaño A3 o A4 sobre papel resistente o vinilo adhesivo.
  4. Colócalo en zonas de alto tránsito: entrada, caja registradora, recepción, sala de espera.
  5. Agrega el código QR si usas Libro Virtual; pega un sticker con la URL corta.
  6. Revisa cada 6 meses que el aviso siga visible, legible y no tapado por promociones.
  7. Capacita al personal para que sepa dónde está el aviso y cómo responder si un cliente lo solicita.

Preguntas frecuentes

¿Puedo usar un aviso en formato digital (pantalla TV) en lugar de papel?

Sí, siempre que esté siempre encendido, sea legible, ocupe al menos el 25% de la pantalla y cumpla con los requisitos de texto y color. Lo recomendable es combinar ambos formatos: cartel físico permanente y pantalla como refuerzo.

¿Debo incluir el logo de INDECOPI en el aviso?

No. El uso del logo INDECOPI está restringido a la entidad misma. El aviso debe ser genérico conforme al Anexo III, sin atribuirse aval oficial.

¿Qué pasa si mi negocio tiene ambos libros (físico y virtual)?

Puedes usar cualquiera. El aviso debe reflejar cuál es el canal disponible. Si ofreces ambos, indícalo: «Puedes hacerlo en el terminal digital o solicitando el Libro físico».

¿El aviso debe estar en ambos idiomas si tengo clientes extranjeros?

La norma sólo exige el español. En zonas turísticas es recomendable tener versión en inglés u otro idioma como complemento, pero el aviso oficial debe estar en castellano.

¿Con qué frecuencia se actualiza el diseño del Anexo III?

Desde el D.S. 006-2014-PCM no ha habido modificaciones oficiales al modelo. Sin embargo, conviene revisar cada año si INDECOPI emite actualizaciones vía resolución o si se aprueba un nuevo reglamento.

Conclusión

El aviso Anexo III parece un detalle de papelería, pero es una de las exigencias más sancionadas por INDECOPI. Cumplir cuesta cero: imprimes, colocas, revisas. No cumplir puede costarte decenas de miles de soles. Si tu negocio ya usa un Libro Virtual, asegúrate de tener también el cartel físico con QR visible.

En ReclamaVirtual.com incluimos el aviso Anexo III personalizado con QR listo para imprimir en todos los planes. Y si necesitas auditoría completa (web + local físico) para tu cadena, en KOM Agencia Digital armamos el kit de cumplimiento con materiales listos.

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Christian Otero
Founder & CEO @ KOM Agencia Digital | Pionero en Generative Engine Optimization (GEO) y SEO Técnico Internacional | +24 Años escalando operaciones digitales | Ex-Nextel, Entel, Prosegur | Ingeniero de Sistemas con Postgrado en Marketing Digital y Comercio Exterior.
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